Voy a contarte la historia de un funcionario. No de un héroe romántico, no de un ilustrado adelantado a su tiempo, no de un rebelde. De un jurista meticuloso que hizo su trabajo y que, por hacerlo bien, salvó una cantidad de vidas que nadie podrá calcular nunca.
Se llamaba Alonso de Salazar y Frías, nació hacia 1564, murió en 1636, y era inquisidor del tribunal de Logroño.
El hombre y el momento
Se formó en cánones en Salamanca y Sigüenza. Desde 1600 fue fiscal general de la Iglesia de Castilla. Cuando llega a Logroño tiene alrededor de cincuenta años y una carrera hecha en el derecho, no en la teología del demonio.
Y ahora el detalle administrativo del que depende todo lo demás. Salazar se incorpora como tercer inquisidor del tribunal en junio de 1609. Es decir: después de que sus dos colegas hubieran interrogado a los acusados principales del proceso de Zugarramurdi.
Llegar tarde le salvó el criterio. No había firmado aquellas actas. No tenía nada que defender. Podía leer el expediente como quien revisa el trabajo de otro. Y eso, en cualquier institución, es la única posición desde la que se puede detectar un error sistémico.
El que ha firmado no puede auditar. Nunca. En 1609 y en 2026.
Su primer gesto: votar en contra
Antes del auto de fe de noviembre de 1610, cuando el tribunal vota las condenas, consta que Salazar votó en contra de al menos una condena a la hoguera por falta de pruebas: la de María de Arburu.
Perdió esa votación. María de Arburu ardió. Conviene no olvidarlo cuando se cuenta esta historia como un triunfo de la razón: el hombre que después demostró que no había brujas estuvo sentado en el tribunal que las quemó, y no consiguió impedirlo.
Ocho meses de camino
En 1611 la Suprema ordena una visita de inspección acompañada de un Edicto de Gracia: quien confiese, será perdonado sin castigo. Salazar sale en mayo, solo, sin sus compañeros de tribunal, y recorre durante unos ocho meses el norte de Navarra, Gipuzkoa y Bizkaia tomando declaración a cualquiera que quisiera hablar.
Vuelve con esto: 1.802 confesiones de brujería, de las cuales 1.384 correspondían a niños. Más de 5.000 nombres de personas denunciadas que nunca comparecieron. 81 revocaciones de confesiones anteriores. Y unas actas de audiencia que llenaban más de once mil páginas.
Y aquí está su genialidad, que no es moral sino metodológica. Con un solo interrogatorio no puedes demostrar nada. Con once mil páginas puedes hacer estadística: puedes ver si los relatos se parecen demasiado entre sí, si dependen de quién pregunta, si aparecen antes o después de que el asunto se comente en el pueblo, si los niños repiten lo que han oído.
Salazar convirtió el propio volumen del expediente en la prueba de que el expediente no valía nada. Eso, en 1612, es un salto conceptual enorme.
Los memoriales
El 24 de marzo de 1612 entrega su primer memorial al Consejo de la Suprema. Su conclusión, en la formulación mejor atestiguada, es que no ha hallado certidumbre ni siquiera indicios de los que se pueda colegir que haya sucedido real y corporalmente un solo acto de brujería.
Y hay otra frase suya, la más citada de todas, que hay que manejar con cuidado porque circula en variantes: viene a decir que no hubo brujos ni embrujados en el lugar hasta que se comenzó a tratar y hablar de ellos. Algunas versiones ponen «escribir» donde otras ponen «hablar», y cambian el género. La doy como la transmite su principal editor moderno, no como transcripción certificada del legajo.
El 3 de octubre de 1613 insiste con un segundo memorial. Ahí califica las acusaciones de ridículas, denuncia los métodos de coacción y amenaza empleados por sus propios colegas del tribunal, y advierte de que dar publicidad al asunto resulta nocivo.
Esa última advertencia es la más moderna de todas: el discurso crea el delito. Primero se instala la categoría, después aparecen quienes la rellenan. Cuatro siglos después seguimos sin haberlo asimilado del todo.
Lo que consiguió
El 29 de agosto de 1614, la Suprema remitió al tribunal de Logroño una Instrucción en materia de brujos que recogía casi todas sus tesis: requisitos probatorios estrictos, la orden de que los sambenitos no quedaran expuestos en las iglesias —evitando así el estigma perpetuo sobre las familias— y medidas de reparación para las víctimas.
Fue el final de las ejecuciones inquisitoriales por brujería en España, décadas antes que en buena parte de Europa. Salazar acabó siendo consejero de la propia Suprema desde 1631.
El historiador danés Gustav Henningsen lo llamó, en el título de su obra de referencia de 1980, el abogado de las brujas. Es un título hermoso y ligeramente injusto. Salazar no defendió a las brujas. Defendió el expediente: sostuvo que un tribunal no puede condenar sin prueba y que un procedimiento que fabrica sus propias respuestas no está midiendo el mundo.
Es la lección menos épica y más útil que ha dado este oficio. Y por eso, cuando en esta casa hablamos de informes oficiales que no cuadran con su propio cuerpo documental, el nombre que hay que tener en la cabeza no es el de ningún moderno. Es el de un licenciado en cánones que en 1612 se dio una paliza de ocho meses por los caminos del norte para poder decir, con once mil páginas debajo del brazo, que allí no había nada.